Derechos y Licencias Laborales en Argentina: Consideraciones Clave para Colaboradores y Empresas

Sep 29, 2023

Como sabemos tanto los Colaboradores como las Empresas empleadoras deben considerar los derechos y obligaciones que detalla la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) en la Argentina. Ya hemos hablado de los días de Vacaciones que se devengan por la antigüedad en el trabajo y ahora nos referiremos a otras licencias pagas según los motivos y sus características.

licencia maternidad en colombiaSiempre debemos recordar que la LCT es la regulación madre, pero también que las Empresas por medios de sus manuales de normas así como los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) de las distintas actividades, pueden mejorar los temas allí tratados ampliando los beneficios u otorgando nuevos,  pero nunca ir en detrimento de ellos.

La LCT detalla las clases de licencia pagas en su artículo 158:

El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales:

a) Por nacimiento de hijo, dos (2) días corridos.

b) Por matrimonio, diez (10) días corridos.

c) Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, en las condiciones establecidas en la presente ley; de hijo o de padres, tres (3) días corridos.

d) Por fallecimiento de hermano, un (1) día.

e) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un máximo de diez (10) días por año calendario.

Estas licencias serán remuneradas igual que las vacaciones, es decir si se trata de personal mensualizado tendrá el plus del 20% al usar el divisor 25 para el cálculo del valor diario; si fuera remunerado por día o por hora deberá considerarse el valor de la jornada anterior al inicio de la licencia más el promedio de remuneraciones variables de los últimos 12 o 6 meses (si bien aquí la ley indica considerar 6 meses a pedido del trabajador, en la práctica se comparan ambos promedios y se elige el mayor para beneficio de los trabajadores).

En los casos de licencias por fallecimiento o nacimiento, deberá otorgarse al menos un día hábil a fin de posibilitar los trámites correspondientes.

En cuanto a la posibilidad de solicitar días de licencia por examen, hay que tener presente que el trabajador debe estar cursando estudios en establecimientos con planes de enseñanza oficial o autorizados por un organismo provincial o nacional competente.

Es importante recordar también que quien solicite cualquiera de estas licencias deberá luego justificarla entregando a la Empresa el documento respaldatorio que corresponda.

 

Licencia por Maternidad

Hay que diferenciar las licencias pagas que mencionamos en el punto anterior de la Licencia por Maternidad, ya que en este caso se trata de un subsidio familiar y es el Estado quien realiza el pago por medio de ANSES.

Destacamos que la LCT en su artículo 177 protege a la mujer en situación de embarazo con estabilidad en el empleo y prohibiendo el trabajo durante los 45 días anteriores y posteriores a la fecha de parto, permitiéndole incluso elegir repartir su licencia en 30 anteriores y 60 posteriores a la mencionada fecha, según su conveniencia.

En caso de que el nacimiento se produjera prematuramente se adicionarán a los días post parto aquellos faltantes para completar el total de 90.

Es importante que la trabajadora comunique fehacientemente al empleador el embarazo con un mínimo de 12 semanas de gestación, presentando un certificado médico firmado por el obstetra donde se indique el período de gestación y la fecha probable de parto.  También deberá acordar la fecha de inicio de licencia y realizar el trámite ante ANSES para cobrar el subsidio en esos meses. Siempre es conveniente que presente una copia del formulario sellado ante el empleador a fin de verificar las fechas declaradas.

En caso de que el bebé sea diagnosticado con Síndrome de Down se aplicará el derecho a 6 meses más de licencia por Maternidad Down, que la trabajadora debe solicitar 15 días antes de terminar la licencia ordinaria de 90 días, acreditando ante el empleador el diagnóstico del recién nacido mediante certificado médico.

Cuando se está ante el caso de Pluriempleo, es decir más de 1 trabajo,  se debe completar el trámite en cada empleador y presentar ante ANSES un formulario por cada uno con sus respectivos datos.

Recordemos que la Asignación Familiar por Maternidad no es una suma fija de dinero preestablecido, sino que es igual al sueldo bruto que le corresponde a la trabajadora por recibo de haberes (no lleva descuentos de ley) y durante el tiempo que se prolongue dicha licencia al existir la prohibición de trabajar.

En caso de incrementos de salarios durante el período de licencia se recomienda que cada beneficiaria informe a ANSES para que le indique los pasos a seguir para actualizar el valor de la asignación.

 

Distintas situaciones, opción en favor de la mujer 

Qué pasa si…

  • Existiera enfermedad post parto: Si finalizada la Licencia por Maternidad se necesitara permanecer ausente por un lapso de tiempo mayor como consecuencia de una enfermedad que deba su origen al embarazo o parto y que estuviera debidamente justificada con certificado médico, se aplicarán los beneficios del artículo 208 de la LCT para enfermedades inculpables, donde se detallan los períodos pagos de licencias según la antigüedad de la empleada o sus cargas de familia.
  • Quisiera extender voluntariamente la licencia post parto: Si pudiendo reincorporarse la trabajadora decide extender su licencia puede optar por quedar en situación de excedencia, tomando licencia sin goce de haberes por un período no inferior a 3 y no superior a 6 meses.
  • Quisiera finalizar la relación laboral: En caso que decida no seguir trabajando deberá enviar, antes de la finalización de la licencia por maternidad, el telegrama de renuncia haciendo referencia al artículo 183 LCT para que pueda cobrar una indemnización especial correspondientemente al 25% de la remuneración por año de servicio o fracción mayor de 3 meses (tope SMVM)

 

Conclusión

Siempre recomendamos que desde el inicio del proceso se mantenga un contacto fluido entre ambas partes (RRHH y Colaborador/a) para acompañar, entender las necesidades y orientar durante los pasos a seguir para cada una de las licencias explicadas 

Con HCWork podemos llevar el control y procesar la liquidación de haberes para todas las licencias que tratamos aquí y cualquier otra, vinculando la Ficha del Colaborador con el módulo de “Tiempo y Asistencia” y “Payroll” logrando certeza, fiabilidad, agilidad y tracking durante todo el proceso.

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